Guía para Empleadores: ¿Qué Hacer Frente a un Accidente Laboral en Chile?

En Chile, la Ley N° 16.744 establece la normativa que regula los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. Para los empleadores, conocer el protocolo de actuación ante un siniestro no solo es una obligación legal, sino también una muestra de responsabilidad hacia sus trabajadores.

Clasificación del Accidente

  • Accidente del Trabajo
    Lesión que ocurre a causa o con ocasión del trabajo. Incluye accidentes dentro de la jornada laboral o en cumplimiento de funciones específicas del cargo.
  • Accidentes del Trabajo Graves o Fatales
    Lesión ocurrida durante el desplazamiento directo entre:

    • Domicilio y lugar de trabajo (ida o regreso).
    • Dos lugares de trabajo distintos, cuando el trabajador tiene más de un empleo formalizado.
    • Domicilio y lugar de estudios, si la empresa exige capacitación en instituciones externas.

Importante

  • No debe haber interrupciones voluntarias o desvíos personales durante el trayecto.
  • Se solicitarán respaldos: contrato laboral, trazabilidad, parte policial o certificado médico.

¿Cómo proceder en caso de accidentes en el lugar de trabajo?

Siempre se recomienda seguir las instrucciones y procedimientos establecidos por su Prevencionista de Riesgos o Departamento de Seguridad. No obstante, y a modo informativo, ante la ocurrencia de un accidente del trabajo, el empleador deberá al menos cumplir con lo siguiente:

  • Accidentes del Trabajo Leves
    (Incluyen lesiones menores, sin interrupción de faenas ni riesgo vital)

    • Evaluar al trabajador y trasladarlo al centro asistencial del Organismo Administrador (Mutual, ACHS, ISL, IST, etc).
    • Coordinar con el prevencionista y Comité Paritario para investigar y reforzar controles.
    • Realizar la DIAT como Empleador (Denuncia Individual de Accidente del Trabajo) en un plazo de 24 horas.
    • Registrar el incidente y adoptar medidas preventivas internas si corresponde.
  • Accidentes del Trabajo Graves o Fatales
    En Chile, un accidente del trabajo se considera grave cuando cumple con al menos uno de los criterios definidos por la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) y los organismos fiscalizadores, de acuerdo con la Ley N° 16.744 y sus circulares complementarias (como la Circular N° 3.705).

    Se considera accidente grave cuando ocurre alguno de los siguientes:

    • Caída desde altura mayor a 1,8 metros.
    • Accidente que requiere maniobras de rescate o evacuación de emergencia.
    • Accidente que involucra a un número de trabajadores tal que afecta el desarrollo normal de la faena.
    • Otros casos con lesiones evidentes graves, tales como:
      • Amputaciones.
      • Fracturas expuestas.
      • TEC con pérdida de conciencia.
      • Lesiones internas.
      • Quemaduras de segundo o tercer grado.
      • Pérdida de visión.
      • Incapacidad permanente.

⚠️ Importante: Incluso si no hay lesiones visibles, una caída desde más de 1,8 metros o un incidente que interrumpa faenas debe considerarse grave y notificarse a fiscalizadores (Circular SUSESO N° 3.705, punto 1.1 y 2.2.1.b).

¿Qué hacer frente a un accidente de trabajo GRAVE o FATAL?

  1. Atención y traslado inmediato

    • 📞 Llamar al 131 (SAMU) si el trabajador presenta lesiones graves o está inconsciente.
    • 🏥 Derivar al centro asistencial más cercano, independiente de la Mutualidad.
    • ⚕️ La Mutualidad (Mutual de Seguridad, ACHS, IST, ISL, etc) evaluará posteriormente el traslado a su red asistencial.

  2. Suspensión inmediata de faenas

    • 🛑 Detener de forma inmediata las labores en la zona afectada por el accidente.
    • 👷 Aplicable también si hay caída desde más de 1,8 metros, maniobras de rescate o afectación general a la faena, aunque no haya lesiones visibles.

  3. Notificación inmediata a autoridades
    Realizar inmediatamente, sin esperar diagnóstico médico:

    • Inspección del Trabajo
    • SEREMI de Salud
    • Organismo Administrador Ley 16.744 (OAL): ACHS, IST, Mutual, ISL
    • Notificar solo a SUSESO no exime de estas obligaciones.

  4. Denuncia del Accidente (DIAT Empleador)

    • 🕒 Plazo: Dentro de 24 horas desde que el empleador toma conocimiento.
    • 📌 ¿Dónde?
      • En línea (sitio web del OAL).
      • Presencialmente en sucursal.
      • Telefónicamente (según canal habilitado por cada mutualidad).

  5. Prescripción de Medidas Inmediatas

    • La Mutualidad debe emitir medidas correctivas en un plazo no mayor a 24 horas, sin esperar la investigación final.
    • La empresa debe cumplirlas y reportar su implementación.

  6. Investigación del Accidente
    Obligatoria en todos los casos graves o fatales. Participan:

    • 🧑‍🔧 Prevencionista de Riesgos
    • 🧑‍💼 Comité Paritario de Higiene y Seguridad (si existe)
    • 🏥 Mutualidad correspondiente.

  7. Fallecimiento dentro de 24 horas sin calificación previa de gravedad

    • Se activa el protocolo completo (suspensión, notificación, medidas) de manera retroactiva.

Recomendaciones Clave para Empleadores

  • Prevención activa
    • Capacite al personal en seguridad, uso de EPP y manejo de emergencias.
    • Realice simulacros y charlas periódicas.
  • Documentación ordenada
    • Mantenga al día:
      • Reglamento Interno (RIHS o RIOHS).
      • Registros de capacitación.
      • Procedimientos de trabajo seguro.
      • Historial de accidentes y acciones correctivas.
  • Cultura preventiva
    • Fortalezca el rol del Comité Paritario.
    • Promueva la participación de los trabajadores en la identificación de riesgos.
    • Establezca canales formales para reportar condiciones inseguras.

Conclusión

Un accidente laboral no solo pone en riesgo la salud del trabajador, también puede generar consecuencias legales y operativas para la empresa. Actuar con rapidez, responsabilidad y conforme a la ley es esencial.

Como empleador, tu rol es clave: proteger a tu equipo, cumplir con la normativa y fomentar una cultura preventiva que reduzca los riesgos y eleve el estándar de seguridad en tu organización.

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